ASEGURA PROFEPA TRACTOCAMIÓN CON 20,000 PIEZAS DE TALLO DE OTATE, EN COMPOSTELA, NAYARIT
TEPIC .- Personal de inspección de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente PROFEPA en Nayarit, en coordinación con elementos de la División de Seguridad Regional de la Policía Federal en la entidad, realizaron el aseguramiento de 20,000 piezas de tallo de otate, transportadas en un tractocamión en las inmediaciones de la Carretera Felipe Carrillo-Zapotán, del Municipio de Compostela, Nayarit.
Derivado de la atención a un reporte ciudadano, en el cual se alertaba sobre el transporte ilegal del producto forestal en el Ejido Zapotán, efectivos de la Policía Federal, en compañía de inspectores de PROFEPA, lograron detectar un tractocamión marca Dina, modelo 1976, color rojo, con placas de circulación 786DW3 del Servicio Público Federal, el cual transportaba 20,000 varas verdes de otate, de diferentes longitudes.
Por lo que al realizar la inspección del vehículo de carga, se determinó que se trataba de tallos de corte reciente de la especie conocida como otate (Bambusa sp.), el cual es considerado como un producto forestal no maderable. Mismo que de acuerdo a lo manifestado por el operador, pretendía ser transportado a la ciudad de Zamora, Michoacán, para ser empleado como soportes de plántulas en cultivos comerciales como fresa, berenjena y hortalizas.
En este sentido, los inspectores federales le solicitaron al operador del tractocamión exhibiera la documentación con la cual acreditara la legal procedencia de la materia prima forestal, en términos de los artículos 97 y 115 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, y 95 de su Reglamento, sin que el transportista presentara documento alguno.
Por lo anterior, y ante hechos posiblemente constitutivos de infracción susceptibles de ser sancionados administrativamente, la PROFEPA instauró el procedimiento administrativo correspondiente y ordenó el aseguramiento precautorio de los 20,000 tallos de otate.
Cabe citar que de acuerdo al numeral 4.3 de la NOM-005-SEMARNAT-1997, el transporte de corteza, tallos y plantas completas, desde el predio a los centros de almacenamiento o de transformación, se debe realizar al amparo de la remisión o factura comercial, expedida por el dueño o poseedor del recurso o el responsable del centro de almacenamiento, siempre y cuando dicho producto se transporte por cualquier vehículo automotor.
Finalmente, el transporte de la materia prima forestal, sin la documentación adecuada o los sistemas de control establecidos para acreditar su legal procedencia, puede ser sancionado por esta autoridad con una multa por el equivalente de 100 a 20,000 Unidades de Medida y Actualización vigente.