AUDIENCIA A QUIENES TENGAN CUENTAS BLOQUEADAS: SENADO DE LA REPÚBLICA

POLÍTICA

SENADO DE MÉXICO.- El pleno del Senado de la República aprobó la modificación  que adiciona un Capítulo V al Título Quinto de la Ley de Instituciones de Crédito, denominado “De la Garantía de Audiencia de las personas incluidas en la lista de personas bloqueadas”.

Con 64 votos a favor, 36 en contra y cuatro abstinencias, los senadores determinaron la necesidad de precisar en la ley un procedimiento específico, a cargo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), que establezca cómo podrá introducir a un individuo en la lista de personas bloqueadas como medida cautelar.

El dictamen señala que, la SHCP tiene la facultad para realizar esta acción, siempre y cuando cuente con indicios suficientes de que una persona está relacionada con delitos de financiamiento al terrorismo u operaciones con recursos de procedencia ilícita.

Con esta modificación, a solicitud del interesado se le otorgará audiencia para que, dentro de un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la notificación, acuda a la SHCP, ofrezca pruebas y formule alegatos en su favor.

La Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), dentro de los 15 días hábiles siguientes, deberá emitir la resolución administrativa en la que fundamentará la inclusión del interesado a la lista de personas con recursos bloqueados, y si procede o no su eliminación de la lista.

En la misma resolución administrativa, en términos de la Ley Reglamentaria del artículo 22 de la Constitución, la SHCP podrá promover la extinción de dominio de los recursos bloqueados. En caso de que haya inconformidad por la resolución, se podrá impugnar en términos de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, establece la reforma.

Ana Lilia Rivera, presidenta de la Comisión de Estudios Legislativos, Segunda, presentó el dictamen al Pleno y dijo que es importante establecer mecanismos legales que favorezcan la detección, prevención y bloqueo de operaciones con recursos de procedencia ilícita, porque vulneran y pervierten al sistema financiero del país.

La senadora Vanessa Rubio fijó la postura del Grupo Parlamentario del PRI. Refirió que están de acuerdo en que se realice un ataque frontal a la corrupción, al lavado de dinero y al desvío de recursos. Pero también es importante, alertó, que se garanticen y respeten los derechos de las personas, para no ser violentados en su propiedad, recursos e integridad.

La senadora Marybel Villegas Canché destacó que el año pasado se recibieron 22 millones de reportes sobre posibles actividades relacionadas con el lavado de dinero. Sin embargo, sólo fueron presentadas 70 denuncias ante la extinta Procuraduría General de la República y sólo 39 fueron investigadas por el Ministerio Público.

Estos datos, acotó la legisladora de Morena, revelan la falta de mecanismos legales que favorezcan la detección, prevención y bloqueo de las operaciones con recursos de procedencia ilícita. De ahí la necesidad de fortalecer el régimen de prevención y combate al lavado de dinero.

Damián Zepeda Vidales, senador del PAN, advirtió que el dictamen busca regular el artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito, que faculta a la Secretaría de Hacienda para bloquear cuentas bancarias, “pero este artículo ya fue declarado inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia de la Nación”.

Dijo que una autoridad administrativa no tiene la atribución para aplicar una medida cautelar, como el bloqueo de una cuenta bancaria, porque estaría prejuzgando sobre la comisión de un delito. El dictamen aprobado fue remitido a la Cámara de Diputados.

Leave a Reply