INE, SÍ PONE CANDADO A PRECAMPAÑAS DE MUCHOS
CIUDAD DE MÉXICO.- Con la entrada en vigor de los lineamientos para garantizar la equidad en los comicios de 2018, a partir del 8 de septiembre quedarán prohibidos los informes de labores de cualquier funcionario que aspire a participar en dicho proceso electoral del próximo año.
Los documentos publicados en el Diario Oficial de la Federación, detallan el mecanismo de sanción para quienes promocionen su imagen, con recursos públicos y privados, antes de iniciar el periodo de precampañas.
Los lineamientos que Regulan la Aparición de Dirigentes y Voceros Partidistas en los Tiempos de Radio y Televisión y los que Garantizan la Equidad entre los Participantes en la Contienda Electoral 2017-2018, prohíben que líderes de partidos protagonicen spots, así como la contratación de propaganda de aspirantes sin cargo y la utilización de dinero público para la promoción personal.
En el caso de los servidores públicos que aspiren a contender en 2018 y los aspirantes sin cargo, el INE confiara en su buena voluntad pues en caso de aparecer o comprar propaganda o spots, bastará con que informen al INE que no buscan participar en las elecciones 2018.
El problema para los aspirantes vendría si mintieron al INE y se inscriben en los procesos internos de partidos o son designados candidatos por otros métodos. En ese supuesto, el organismo electoral, según las nuevas reglas, les iniciará una investigación de oficio y podría retirarles la candidatura.
Los lineamientos indican que propaganda de gobierno, a partir del 8 de septiembre, sólo “podrá incluir el nombre de la dependencia y su escudo oficial como medio identificativo, siempre y cuando éstos no se relacionen de manera directa con la gestión de algún gobierno o administración federal o local”.
A su vez, la “propaganda no podrá contener logotipos, slogans o cualquier otro tipo de referencias al gobierno federal o a algún otro gobierno o administración, o a sus campañas institucionales, ni incluir elementos de propaganda personalizada de servidor público alguno”.
El organismo abunda que “si se acredita que algún servidor público que difundió un informe de labores o propaganda gubernamental personalizada, posteriormente se registra como aspirante, precandidato o candidato a algún cargo de elección popular, le serán contabilizados la totalidad de los gastos erogados con motivo de dicha difusión y consecuentemente considerados para el cumplimiento del respectivo tope de gasto”.