LA COSTUMBRE DEL PODER/ JUICIO A EXPRESIDENTES, SÓLO SI TIENE LOS SUFICIENTES #JuevesDeMasColumnas @OrtegaGregorio
*No olvido la actividad real del Instituto Lingüístico de Verano y cómo modificó la manera de pensar de los mexicanos del sur y sureste del país. Sus educadores y misioneros cumplieron mejor que las universidades del Ivy League. Hoy puede medirse la influencia de Black Rock en la 4T, y se constata que la carta de Robert Lansing, fechada en febrero de 1920, perdió interés. Al país lo conquistaron política y económicamente por otros métodos educativos y compromisos doctrinales
GREGORIO ORTEGA MOLINA. Los leguleyos y constitucionalistas abundaron en puntualizaciones. Los ex presidentes carecen de fuero, y si afirman tener pruebas sobre los delitos supuestamente cometidos -poco importa si son de orden común o federal, penales o administrativos o fiscales-, deben proceder a la denuncia sin la necesidad del circo mediático.
Luis María Aguilar explicó acerca del concierto de inconstitucionalidades; AMLO insiste y pone por delante “el sentir del pueblo”, su mal conceptuada soberanía popular. Quizá tiene razón, aunque olvida que ese sentir está plasmado, desde 1917, en la Constitución. Hacer que prevalezca requiere observar el mandato constitucional. Los deseos del México buen y sabio también deben sujetarse a la ley y la Constitución.
Queda una certeza y muchas preguntas sin respuesta. Lo único cierto es que el juicio popular usa la caja de resonancia de los medios y las redes sociales, porque persigue fines electoreros. Si pierden el Congreso cancelan el futuro evangélico de México y el proyecto político del obradorismo. No olvido la actividad real del Instituto Lingüístico de Verano y cómo modificó la manera de pensar de los mexicanos del sur y sureste del país. Los educadores y misioneros cumplieron mejor que las universidades del Ivy League. Hoy puede medirse la influencia de Black Rock en la 4T, y se constata que la carta de Robert Lansing, fechada en febrero de 1920, perdió interés. Al país lo conquistaron política y económicamente por otros métodos educativos y compromisos doctrinales.
Creo que el presidente de México no ha medido con exactitud las consecuencias de su ajedrez político. Si en verdad tiene pruebas de los delitos que los expresidentes cometieron, lo menos que puede hacer es presentarlas ante la Fiscalía, pues de lo contrario y cuando él también pierda el poder, puede acusársele de colusión y/o encubrimiento. Faltan 4 años, durante los cuales el desarrollo de los acontecimientos variará mucho.
La otra interrogante fundamental: ¿tiene AMLO la autoridad moral suficiente para llevar a juicio a sus antecesores? Considero que en este caso y por cómo él se empeñó en sujetar a su conducción la narrativa de su gobierno, únicamente el presidente de la República puede y debe presentar las denuncias.
¿Por qué? Pulverizó a la oposición y mediatizó tanto a sus subordinados, que ninguno de ellos tiene la estatura para hacer esa faena; en cuanto a los diputados y senadores morenistas, todos carecen de autoridad moral, con un agravante, al que se le encargase esa tarea, de inmediato empezará a pensar en la raja política que puede sacar, para convertirse en el sucesor de AMLO.
Tanto ha denigrado a todos los integrantes del Poder Judicial, empezando por los jueces, que los despojó de credibilidad y autoridad ética y jurisdiccional. Lo que se resuelva este jueves en el Pleno de la SCJN siempre tendrá el peso de haber sido una resolución política, para atender a las indicaciones del titular del Ejecutivo, como ocurrió con el caso de la guardería ABC y la inoportuna visita de Fernando Gómez Mont a la Corte, para tirar línea.
Queda la vertiente fiscal, si es que no se trata de una faramalla electorera. En esa área no habrá duda, pues se servirá de su mastín Raquel Buenrostro. El único requerimiento es revisar cuándo fue la última vez que los expresidentes presentaron su declaración de ISR, y evaluar si es correcta y no hay trampas. ¿Las presentaron? Ojalá y sí, porque por ahí es por donde los puede torcer, como Elliot Nest torció a Al Capone.
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Recuento del Tratado Internacional de Aguas (Manuel Ávila Camacho, 1945). Hace un año informé haberse firmado entre México y Estados Unidos, un tratado para la distribución de las aguas de los ríos Colorado y Tijuana, así como para la de las aguas del río Bravo, desde Fort Quitman, Texas, hasta el Golfo de México. El documento de que se trata fue ratificado por el H. Senado de los Estados Unidos con algunas reservas y está sujeto a la consideración del H. Senado de la República. En el tramo del río Bravo a que se refiere el tratado, se distribuyen las aguas en proporciones justas entre los dos países, se prevé la construcción de presas internacionales de almacenamiento que aseguren, faciliten y desarrollen los riegos actuales en las tierras ribereñas de ambas márgenes. En el lado mexicano podrá abrirse, en el bajo río Bravo, un sistema de riego hasta de 250 mil hectáreas. La parte del costo de las obras internacionales que corresponde hacer a México, así como el de la construcción de las obras nacionales complementarias, no rebasa la capacidad económica del país.
Los estudios técnicos que se han realizado permiten asegurar que el volumen de agua que recibirán los Estados Unidos, procedente de las descargas de los afluentes mexicanos en el río Bravo, no puede perjudicar a los usuarios de tales afluentes, ya que es un sobrante que tiene que descargar en el cauce principal, una vez que los ribereños mexicanos hayan usado el agua que aprovechan actualmente y la que utilicen cuando lleguen al máximo todos los desarrollos futuros susceptibles de previsión.
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