LEY DE DESAPARICIONES FORZADAS, LOGRO PARA FAMILIAS : CNDH

NACIONAL

RAUL

CIUDAD DE MEXICO .- El presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, Luis Raúl González Pérez, señaló que hoy representó una jornada de buenas noticias para las garantías fundamentales en México y el contexto internacional por la promulgación de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas

Al dar posesión como Cuarta Visitadora General de la CNDH a María Eréndira Cruzvillegas Fuentes,  y luego de asistir a la promulgación de esta ley en la residencia oficial de Los Pinos, el ombudsman nacional destacó que este es un logro de la sociedad civil y los colectivos de familias de personas desaparecidas.

Resaltó la importancia de la asignación de presupuesto inicial para la implementación de esta normativa, y puntualizó que estos recursos deben incrementarse no sólo por parte del gobierno federal, sino también de los Ejecutivos y Congresos de las 32 entidades federativas, así como la voluntad política de ambos para la implementación plena de la ley.

Las prioridades en la instrumentación de la norma, dijo, será determinar el paradero de las personas desaparecidas, encontrar a los responsables y fincar las responsabilidades a que haya lugar; así como la reparación integral del daño a las víctimas, y conocer la verdad, pues solo así se evitará la repetición de estos hechos condenables.

González Pérez destacó la apertura que tuvo México en el pasado para ratificar la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas, pero insistió que esta voluntad debe complementarse por la aceptación del gobierno de México de permitir que se den las comunicaciones individuales con el Comité de Desapariciones Forzadas de la ONU.

Un aspecto fundamental, señaló es la necesidad de que en un periodo de seis meses se lleven a cabo reuniones de evaluación del cumplimiento de la instrumentación y aplicación de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas; pues el seguimiento puntual de la ejecución de la ley requiere de una verificación periódica.

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