LOS DOS DÍAS DE DESCANSO LABORAL QUE NO SERÁN #Domingueando @lorenapignon_ EN @heraldodemexico
Bajo la expresión engañosa de la “reducción de la jornada laboral a 40 horas”, se esconde un mecanismo de implementación tan dilatado y una redacción tan ambigua.
Gobernantes y legisladores provenientes de Morena y sus aliados, son especialistas en presumir lo que en realidad no cumplen. El reciente proyecto de decreto para reformar el artículo 123 constitucional, remitido por el Senado a la Cámara de Diputados el pasado 11 de febrero, es una muestra objetiva de esta propensión a mentir.
Bajo la expresión engañosa de la “reducción de la jornada laboral a 40 horas”, se esconde un mecanismo de implementación tan dilatado y una redacción tan ambigua, que la supuesta victoria obrera así como se encuentra redactada, no tendrá cabida para que existan en realidad dos días de descanso semanal.
Mientras la fracción IV del Apartado A pretende establecer que la jornada será de cuarenta horas semanales, el párrafo siguiente mantiene intacta la vieja fórmula: “por cada seis días de trabajo las personas trabajadoras deberán disfrutar por lo menos de un día de descanso”.
Esta redacción es, a todas luces, una trampa de interpretación. Una verdadera reforma que aspire a transformar la calidad de vida de las familias mexicanas, procurando más salud, descanso y menores gastos de traslado, debe consignar con claridad en la Constitución que por cada cinco días de labores deben corresponder dos días de descanso con goce de sueldo íntegro. Mantener el esquema de seis por uno, aun reduciendo nominalmente las horas, permite interpretaciones que perpetúan la sobreexplotación y diluyen el beneficio del tiempo libre.
Pero el engaño no termina ahí. El dictamen exhibe una generosidad sospechosa hacia la parte patronal al proponer una ampliación desproporcionada del límite de horas extraordinarias. Actualmente, la ley establece parámetros que la reforma busca estirar hasta las doce horas semanales, permitiendo jornadas extendidas que normalizan el agotamiento bajo el disfraz de una compensación económica del cien por ciento.
Es una contradicción flagrante: se presume una reducción de la jornada mientras se abren las posibilidades legales para que el trabajador permanezca más tiempo en el centro laboral.
A esto debe sumarse la cláusula de gradualidad. El régimen transitorio propone un calendario que inicia en 2026 con 48 horas y no alcanza la meta de las 40 horas sino hasta el año 2030. En un país con las deudas sociales de México, pedirle al trabajador que espere un lustro para ver cristalizado un derecho que ya es estándar en gran parte del mundo desarrollado, suena más a táctica dilatoria que a planificación responsable.
Resulta igualmente alarmante el desdén hacia los trabajadores al servicio del Estado. El dictamen propuesto se concentra exclusivamente en el Apartado A del artículo 123, ignorando deliberadamente el Apartado B que corresponde a los trabajadores del gobierno. Es imperativo que en la discusión que se avecina se considere a los empleados gubernamentales de labores no esenciales. Ellos también son depositarios del derecho a un descanso digno; excluirlos de la posibilidad de gozar de dos días de descanso a la semana es crear una ciudadanía laboral de segunda clase en el propio seno del aparato público.
Como diputada federal, al momento en que acontezca las deliberaciones ante el pleno, acudiré al debate con la convicción de que los veracruzanos no podemos acompañar un engaño legislativo que maquille cifras mientras se perpetúa el abuso. La reforma no puede ser un disfraz; debe ser una realidad textual y operativa. Exigiremos que se ponga, palabra por palabra, que la jornada semanal será de cinco días y el descanso de dos, así de claro y sin interpretaciones.
POR LORENA PIÑÓN RIVERA
DIPUTADA FEDERAL
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