POR PRIMERA VEZ EN LA HISTORIA ELECTORAL, REBASAR LOS TOPES DE CAMPAÑA PUEDE SER RAZÓN DE NULIDAD

NACIONAL, POLÍTICA

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CIUDAD DE MÉXICO.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió por mayoría de votos, la contradicción de criterios sobre la causal de nulidad de la elección por rebase de tope de gastos de campaña, con lo que aprobó la jurisprudencia “Nulidad de elección por rebase de tope de gastos de campaña”.

La candidata a la alcaldía de Coyoacán por la coalición Juntos Haremos Historia, María Rojo, denunció que el grupo que controla esa demarcación insiste en comprar la elección con dádivas disfrazadas de programas sociales.

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Puntualizó que las acciones son impulsadas por el diputado local Mauricio Toledo, a pesar de que existe un señalamiento del Instituto Electoral de la Ciudad de México para detener la entrega del beneficio “A tu Lado”, hasta pasados los comicios.

En días recientes la autoridad electoral instruyó a la delegación suspender la entrega del programa como medida cautelar.

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