RETROVISOR POLÍTICO / UN CUADERNILLO DE FALTAS PRESIDENCIALES @ivonnemelgar #MartesDeColumnas

COLUMNA, NACIONAL, POLÍTICA


Como resultado de las acusaciones de fraude de 2006, la reforma electoral del año siguiente endureció el artículo 134 de la Constitución. Los cambios buscaban evitar la intromisión del Ejecutivo federal en la campaña, bajo la advertencia de que hacerlo podría llevar a la anulación del resultado.

Lo sucedido con Vicente Fox en contra del candidato presidencial del PRD Andrés Manuel López Obrador, obligó a reformular las reglas del juego, amarrándole las manos a los futuros presidentes.

“Los servidores públicos de la Federación, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México tienen en todo tiempo la obligación de aplicar con imparcialidad los recursos públicos que están bajo su responsabilidad, sin influir en la equidad de la competencia entre los partidos políticos”, se definió en el Artículo 134 a partir de noviembre de 2007.

Garantizar el cumplimiento de ese precepto se convirtió en mandato para el IFE, hoy INE, y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Y como lo sucedido con Fox en 2006 incluyó el proselitismo desde la comunicación presidencial, la reforma prohibió literalmente su uso.

“La propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social, que difundan como tales, los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro ente de los tres órdenes de gobierno, deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social. En ningún caso esta propaganda incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público”, se especificó en la nueva redacción del 134.

Para que esa reforma no fuera un llamado a misa se dejó en claro en la Constitución que su incumplimiento sería castigado.

“Las leyes, en sus respectivos ámbitos de aplicación, garantizarán el estricto cumplimiento de lo previsto en los dos párrafos anteriores, incluyendo el régimen de sanciones a que haya lugar”, se lee desde entonces en el 134.

Este andamiaje creado hace 16 años viene a cuento ahora porque, si bien la tentación de violarlo nunca cesó, en el actual sexenio se han volado la barda.

El Presidente de la República acumula 18 sentencias por violaciones al Artículo 134 de la Constitución en los procesos de revocación de mandato y en las elecciones de Coahuila y Estado de México. Peor aún: hemos empezado a normalizar la intromisión presidencial sin que pase absolutamente nada.

Es frente a esta conducta que el miércoles anterior, al confirmar una violación presidencial más, por el mensaje de su quinto aniversario de triunfo en el Zócalo, surgió la propuesta de integrar un cuaderno con las faltas que se acumulen a partir del próximo viernes y hasta el día de la elección.

Se trata de registrar las sentencias y resoluciones que el Ejecutivo federal reciba por entrometerse en la campaña, a fin de que se tomen en cuenta en la calificación de la elección presidencial como parte de un potencial expediente jurisdiccional.

Fue la magistrada Janine Otálora quien, en la sesión del 21 de febrero, propuso que se forme “un cuaderno auxiliar en el cual se ordenen y sistematicen aquellas resoluciones ya definitivas de esta Sala Superior en las cuales se determinen o se confirmen violaciones a las condiciones de equidad en la contienda, violaciones a la neutralidad del Estado y sus agentes y órganos respecto de la contienda electoral, a la prohibición del desvío de recursos públicos en la elección, así como a las reglas en materia de modelo de comunicación política y de fiscalización de los recursos en la campaña electoral”.

La presidenta del TEPJF, magistrada Mónica Soto, habló en seguida de “ir más allá” creando “un catálogo de sujetos sancionados, en donde precisamente se sistematicen aquellas resoluciones firmes en que se haya determinado algún tipo de irregularidad, cometida no sólo en relación con la elección de la Presidencia de la República, sino por cualquier funcionario, servidor o servidora pública de cualquier nivel de gobierno que haya infringido el artículo 134 constitucional”.

La magistrada Otálora defendió la idea del cuadernillo de faltas presidenciales, poniendo énfasis en “la violación al principio de equidad en la contienda” y la relevancia de poder vincularse con la calificación de la elección, recordando que para la revocación de mandato emitieron sentencias que “quedaron en letra muerta” y advirtiendo que, ahora mismo, “estamos caminando en el mismo sentido”.

Sigue siendo imposible, reconoció la proponente, que las sentencias sobre violación a principios constitucionales tengan alcances. “Estamos en una imposibilidad de sancionar”, admitió Janine Otálora. En la discusión entre los cinco magistrados, quedó claro que Felipe Fuentes respaldaba la idea de la presidenta Soto, mientras Felipe de la Mata Pizaña y Reyes Rodríguez Mondragón se pronunciaron más por una conciliación.

Por unanimidad votaron que la magistrada Otálora presente un nuevo proyecto que ayer difundió y en el que fusiona ambas ideas proponiendo “un expediente que recopile las irregularidades que impactan en la elección presidencial, así como un catálogo a nivel nacional”.

Lo importante es el atento aviso a Palacio Nacional de que, si no saca las manos de la elección, ésta corre el riesgo de ser anulada. Veremos en los próximos días de qué están hechos los magistrados y si están dispuestos a ejercer en serio la autonomía. O son de chocolate.