SCJN AVALA ARTÍCULO PARA QUE EL SAT DIFUNDA LISTA DE EMPRESAS ‘FANTASMAS’
CIUDAD DE MEXICO .- Por tres votos contra dos la Primera Sala de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional el artículo 69-b del Código Fiscal de la Federación, que faculta al Servicio de Administración Tributaria (SAT) a integrar y difundir un listado de empresas que considere “fantasmas”.
Con el voto en contra de los ministros Arturo Zaldívar y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, y la aprobación de los ministros Jorge Mario Pardo Rebolledo, Norma Lucía Piña Hernández y José Ramón Cossío Díaz, la Primera Sala concedió un amparo a la empresa Grupo Impulsor del Sur, para que un tribunal analice si es procedente que el SAT la retire del listado de empresas “fantasma”.
El artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, faculta al SAT para que a través de su página de Internet se den a conocer “los contribuyentes que presuntamente simulan operaciones y emiten facturas apócrifas, así como a los contribuyentes que no desvirtuaron los hechos que se les imputaron (emitir facturas sin tener operaciones)”.