VA OPOSICIÓN CONTRA SUPERDELEGADOS ANTE SCJN

POLÍTICA

CIUDAD DE MEXICO .- La Oposición en el Senado de la República presentó una acción de inconstitucionalidad en contra de la polémica figura de los superdelegados de la nueva estructura administrativa federal.

De acuerdo con el coordinador de la bancada panista, Rafael Moreno Valle, el recurso fue respaldado por 45 legisladores.

“(Los superdelegados) rompen con el sistema político federal, contravienen los principios generales de la Administración Pública y violan el principio de división de poderes, al equipararse a los Gobernadores sin contar con legitimidad democrática”, afirmó.

Esa figura, según el recurso, crea un estado generalizado de incertidumbre, en perjuicio de los principios de legalidad y seguridad jurídica.

“Ya que contraviene la prohibición constitucional de crear órganos intermedios entre los niveles de Gobierno, contemplada en los artículos 40 y 136 de nuestra Constitución, trastoca el principio de jerarquía de la Administración Pública y rompe con el principio de horizontalidad que debe operar entre funcionarios”.

Otro grupo conformado por 52 senadores presentó otra acción de inconstitucionalidad para combatir la creación de “comisiones presidenciales” por violar los principios de seguridad jurídica y de legalidad, al no contar con parámetros ni atribuciones concretas de funcionamiento y, por lo tanto, situarse por encima de la Constitución.

El decreto respectivo, de acuerdo con el recurso, viola los artículos 21 y 102 constitucionales, en lo que se dispone claramente quiénes son las autoridades facultadas para perseguir ilícitos penales.

Moreno Valle explicó que el decreto combatido “contraviene los principios de remuneración del servicio público, en materias constitucionalmente relevantes como son la fiscalización, la inspección o la verificación”, amén de que “las modificaciones legales en cuestión violan el Artículo 90 de la Constitución, al retirarle a la Secretaría de la Función Pública la atribución de establecer y conducir la política general de adquisiciones de la Administración Pública”.

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